TRLGDCU (Texto Refundido General Defensa Consumidores)
Categoría: Consumo
Definición: El Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, es la norma básica de protección de los consumidores y usuarios en España. Refunde la Ley 26/1984 General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y normas complementarias en transposición de Directivas UE.
El TRLGDCU es la pieza central del Derecho de protección al consumidor en España. Articula el principio constitucional del art. 51 CE («Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios») en un cuerpo normativo unitario, sujeto a frecuentes actualizaciones por transposición de Directivas UE.
Estructura del TRLGDCU:
- Libro I — Disposiciones generales: conceptos básicos, derechos de los consumidores, asociaciones de consumidores.
- Libro II — Contratos y garantías: cláusulas abusivas, garantía legal de los bienes, contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles, contratos a distancia.
- Libro III — Responsabilidad civil por productos defectuosos: régimen de responsabilidad de los fabricantes e importadores.
- Libro IV — Viajes combinados: regulación de la contratación de viajes combinados.
Concepto de consumidor (art. 3 TRLGDCU):
- Persona física que actúe con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.
- Quedan excluidas las personas físicas o jurídicas que actúan en el ámbito de su actividad profesional o empresarial (empresarios).
Concepto de empresario (art. 4 TRLGDCU): toda persona física o jurídica, ya sea privada o pública, que actúe directamente o a través de otra persona en su nombre o siguiendo sus instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
Derechos básicos de los consumidores (art. 8 TRLGDCU):
- Protección de la salud y la seguridad.
- Protección de los legítimos intereses económicos y sociales.
- Indemnización de los daños y reparación de los perjuicios sufridos.
- Información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y educación y divulgación.
- Audiencia en consulta, participación y representación a través de las asociaciones de consumidores.
- Protección jurídica, administrativa y técnica.
Cláusulas abusivas (arts. 80-91 TRLGDCU): cláusulas no negociadas individualmente y prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe, causen, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes.
Lista no exhaustiva de cláusulas abusivas (arts. 85-90):
- Vinculación del contrato a la voluntad del empresario.
- Limitación de derechos del consumidor.
- Falta de reciprocidad.
- Sobre garantías.
- Sobre el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
- Sobre competencia y derecho aplicable.
Efectos de la cláusula abusiva (art. 83 TRLGDCU): nulidad de pleno derecho, debiendo ser tenidas por no puestas. El juez declarará la nulidad, debiendo subsistir el contrato sin ellas si fuera posible.
Garantía legal de los bienes (arts. 114-127 TRLGDCU, tras reforma RDL 7/2021 de transposición de la Directiva (UE) 2019/771):
- Duración: 3 años desde la entrega del bien (bienes nuevos), 2 años (bienes adquiridos por consumidor de segunda mano si así se pacta, mínimo 1 año), 5 años en bienes digitales con servicios continuos.
- Conformidad del bien: el vendedor responde de las faltas de conformidad existentes en el momento de la entrega.
- Presunción de origen anterior: las faltas de conformidad que se manifiesten en los 2 años desde la entrega se presumen existentes en ese momento (12 meses para bienes de segunda mano).
- Remedios: reparación, sustitución, reducción del precio o resolución del contrato.
Contratos a distancia y fuera de establecimiento (arts. 92-113 TRLGDCU, tras reforma de la Directiva 2011/83/UE):
- Información precontractual obligatoria.
- Derecho de desistimiento: 14 días naturales sin justificación.
- Confirmación de la contratación: en soporte duradero.
Indemnización por daños (art. 128-137 TRLGDCU): régimen específico de responsabilidad civil por productos defectuosos (responsabilidad objetiva del fabricante o importador).
Servicios de atención al cliente, hojas de reclamaciones, arbitraje de consumo, asociaciones de consumidores: mecanismos extrajudiciales para la solución de conflictos.
Régimen sancionador (Libro I, Cap. VII): infracciones administrativas leves, graves y muy graves con sanciones de hasta 1.000.000 € y, en supuestos especialmente graves, hasta el quíntuplo del beneficio ilícito obtenido.
Coordinación con la normativa autonómica: las CCAA tienen amplias competencias en materia de consumo y han desarrollado normativa específica complementaria.
Fuentes oficiales: TRLGDCU (BOE) · Min. Consumo
Normativa aplicable
- RDLeg 1/2007 TRLGDCU
- Directiva 93/13/CEE cláusulas abusivas
- Directiva 2011/83/UE derechos consumidores
- Directiva (UE) 2019/2161 (mejora protección)
- Art. 51 CE