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Cohecho

Categoría: Penal

Definición: El cohecho es el delito de corrupción que consiste en ofrecer, dar, solicitar o recibir dádivas o retribuciones por autoridad o funcionario público para realizar u omitir un acto contrario a sus deberes o en su ejercicio. Se regula en los arts. 419 a 427 del Código Penal y abarca tanto al cohecho pasivo (funcionario) como al activo (particular).

El cohecho protege el correcto funcionamiento de la Administración Pública. Distingue dos posiciones:

Modalidades principales:

El art. 424 CP castiga al particular con las mismas penas que al funcionario. El art. 426 CP eximía de pena al particular que denunciaba el cohecho en los 2 meses siguientes, pero fue derogado por la LO 5/2010.

La LO 1/2019 amplió el ámbito al cohecho transnacional (art. 427 CP) — funcionarios de la UE, organismos internacionales y autoridades extranjeras — y el art. 427 bis CP añadió la responsabilidad penal de la persona jurídica (multas, disolución, inhabilitación para contratar con la Administración).

Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Fiscalía Anticorrupción · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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