Eximente incompleta
Categoría: Penal
Definición: La eximente incompleta es la circunstancia atenuante cualificada que se aplica cuando concurren los presupuestos de una eximente del art. 20 del Código Penal pero falta alguno de los requisitos no esenciales. Permite rebajar la pena en uno o dos grados (art. 68 CP). Se regula en el art. 21.1 del Código Penal.
La eximente incompleta permite reconocer que el autor estaba próximo a una situación de exención completa, sin llegar a integrarla plenamente. Es una atenuante de excepcional intensidad: rebaja la pena en uno o dos grados (a diferencia de las atenuantes ordinarias del art. 21 CP que sólo permiten imponer la pena en su mitad inferior).
Concepto (art. 21.1 CP): son atenuantes las expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.
Aplicación a cada eximente del art. 20 CP:
- Eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica (art. 20.1 CP): cuando la enfermedad mental afecta gravemente la imputabilidad sin anularla totalmente. Aplicable a esquizofrenias en fase compensada, trastornos límite de la personalidad, etc.
- Eximente incompleta de intoxicación (art. 20.2 CP): cuando la embriaguez o drogadicción reduce significativamente la imputabilidad sin anularla.
- Eximente incompleta de alteración de la percepción (art. 20.3 CP): casos limítrofes.
- Eximente incompleta de legítima defensa (art. 20.4 CP): la modalidad más frecuente. Falta la proporcionalidad de la respuesta defensiva (defensa excesiva con resultado letal frente a agresión leve) o concurre algo de provocación previa.
- Eximente incompleta de estado de necesidad (art. 20.5 CP): cuando el mal causado es algo mayor que el evitado, o el agente provocó parcialmente la situación.
- Eximente incompleta de miedo insuperable (art. 20.6 CP): cuando el miedo es grave pero no totalmente insuperable.
- Eximente incompleta de cumplimiento de un deber (art. 20.7 CP): exceso en el ejercicio del cargo o función.
Requisitos esenciales vs. no esenciales:
- Requisitos esenciales: deben concurrir necesariamente para aplicar la eximente incompleta. Ejemplo en legítima defensa: agresión ilegítima es esencial; sin ella, no hay eximente incompleta sino delito ordinario o atenuante analógica.
- Requisitos no esenciales: su falta integra la eximente incompleta. Ejemplo en legítima defensa: la proporcionalidad es no esencial; sin ella, eximente incompleta.
Efecto en la pena (art. 68 CP):
- Pena inferior en uno o dos grados a la prevista para el delito.
- Posibilidad de imponer la pena inferior en grado adicional cuando concurran varios requisitos no esenciales o el déficit sea cualificado.
- El tribunal valora el número y entidad de los requisitos cumplidos.
Diferencia con la atenuante analógica (art. 21.7 CP): la analógica se aplica cuando la situación se aproxima a una atenuante sin integrar ninguna específica. La eximente incompleta exige la concurrencia parcial de los presupuestos de una eximente del art. 20 CP.
Aspectos procesales: corresponde al tribunal apreciar la concurrencia, valorando informes periciales (especialmente forenses-psiquiátricos en eximentes subjetivas) y la prueba del hecho.
Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Buscador CENDOJ
Normativa aplicable
- Art. 21.1 CP (atenuante cualificada)
- Art. 20 CP (eximentes completas)
- Art. 68 CP (efecto en la pena)
- Art. 21.7 CP (analógica)