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Eximente incompleta

Categoría: Penal

Definición: La eximente incompleta es la circunstancia atenuante cualificada que se aplica cuando concurren los presupuestos de una eximente del art. 20 del Código Penal pero falta alguno de los requisitos no esenciales. Permite rebajar la pena en uno o dos grados (art. 68 CP). Se regula en el art. 21.1 del Código Penal.

La eximente incompleta permite reconocer que el autor estaba próximo a una situación de exención completa, sin llegar a integrarla plenamente. Es una atenuante de excepcional intensidad: rebaja la pena en uno o dos grados (a diferencia de las atenuantes ordinarias del art. 21 CP que sólo permiten imponer la pena en su mitad inferior).

Concepto (art. 21.1 CP): son atenuantes las expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.

Aplicación a cada eximente del art. 20 CP:

Requisitos esenciales vs. no esenciales:

Efecto en la pena (art. 68 CP):

Diferencia con la atenuante analógica (art. 21.7 CP): la analógica se aplica cuando la situación se aproxima a una atenuante sin integrar ninguna específica. La eximente incompleta exige la concurrencia parcial de los presupuestos de una eximente del art. 20 CP.

Aspectos procesales: corresponde al tribunal apreciar la concurrencia, valorando informes periciales (especialmente forenses-psiquiátricos en eximentes subjetivas) y la prueba del hecho.

Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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