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Visado para nómadas digitales

Categoría: Extranjeria

Definición: El visado para nómadas digitales es una autorización de residencia introducida por la Ley 28/2022 de Startups que permite a profesionales extranjeros que trabajan en remoto para empresas no españolas establecer su residencia en España. Combina la posibilidad de vivir en España con la actividad profesional con empresas internacionales, beneficiándose del régimen tributario especial. Procedimiento ágil ante la UGE-CE.

El visado para nómadas digitales fue introducido por la Ley 28/2022, de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes (Ley de Startups), vigente desde el 23-12-2022. Responde a un fenómeno global creciente: profesionales que trabajan en remoto para empresas en cualquier parte del mundo y buscan ubicación de vida atractiva combinando clima, infraestructuras, calidad de vida y régimen fiscal favorable. España, con su atractivo natural, se posicionó como destino preferente.

Concepto de nómada digital:

Modalidades:

Requisitos:

Procedimiento:

Duración:

Régimen tributario «Ley Beckham» (art. 93 LIRPF): los nómadas digitales pueden optar por el régimen tributario especial de impatriados durante 6 años:

Reagrupación familiar:

Convenios de doble imposición: España tiene convenios con la mayoría de países desarrollados para evitar la doble imposición. El nómada digital debe analizar:

Seguridad Social:

Casos prácticos típicos:

Diferencias con otras modalidades:

Datos y volumen: España ha emitido decenas de miles de visados para nómadas digitales desde 2023, posicionándose como destino europeo de referencia (junto con Portugal y Estonia). Ha tenido impacto en mercados inmobiliarios de zonas atractivas (Mallorca, Barcelona, Madrid, Valencia, Málaga).

Limitaciones y aspectos controvertidos:

Fuentes oficiales: Ley 28/2022 Startups (BOE) · Ley 14/2013 (BOE)

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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