Edición 2026 · Ranking editorial independiente
Ranking · Edición 2026

Los 10 mejores
abogados de herencias
de San Sebastián

19 evaluados 10 seleccionados Actualizado abril 2026

Las herencias en San Sebastián se rigen por la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco, que otorga a los vecinos de Gipuzkoa un sistema sucesorio radicalmente diferente al Código Civil estatal: la libertad de testar es máxima gracias a la legítima colectiva de solo un tercio del caudal, el testamento mancomunado entre cónyuges está reconocido y es habitual, el comisario o alkar-poderoso puede distribuir la herencia tras el fallecimiento según las instrucciones del causante, y la apartación permite excluir a un heredero con su consentimiento. Además, el Impuesto de Sucesiones de Gipuzkoa —gestionado por la Hacienda Foral bajo la Norma Foral 3/1990 y sus modificaciones— es virtualmente cero entre cónyuge e hijos. Este ranking identifica los diez despachos con mayor especialización en herencias bajo el Derecho Civil Vasco en San Sebastián. Edición 2026.

01
Distinción Editorial #1 San Sebastián 2026

Garrigues · Patrimonio Familiar y Sucesiones San Sebastián

Garrigues

· 35 años de ejercicio

Garrigues es la mayor firma jurídica de España y referencia en el derecho sucesorio vasco en San Sebastián. Su equipo de patrimonio familiar y sucesiones en la oficina de San Sebastián combina un profundo conocimiento de la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco —con sus instituciones de legítima colectiva, testamento mancomunado, comisario foral, apartación y planificación sucesoria de empresa familiar— con la capacidad de integrar el asesoramiento sucesorio con el fiscal (Impuesto de Sucesiones de la Hacienda Foral de Gipuzkoa) y el mercantil (transmisión de aportaciones en cooperativas Mondragón).

La experiencia del equipo de Garrigues en San Sebastián en herencias de especial complejidad bajo el Derecho Civil Vasco —patrimonios relevantes con testamento mancomunado y comisario foral, herencias de socios de cooperativas Mondragón con reembolso de aportaciones, planificación sucesoria de propiedades en la Parte Vieja con protección histórica— hace de la firma la primera referencia en el foro donostiarra para las herencias que requieren el más alto nivel de especialización técnica en el derecho sucesorio vasco y en la planificación patrimonial ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Garrigues lidera este ranking de herencias en San Sebastián por la profundidad técnica de su práctica en el Derecho Civil Vasco aplicable en Gipuzkoa, la integración con el asesoramiento fiscal foral de la Hacienda Foral de Gipuzkoa, y la capacidad singular para abordar las herencias de mayor complejidad en el entorno donostiarra, incluyendo el tratamiento de las aportaciones cooperativas de Mondragón.

Herencias bajo Derecho Civil Vasco, cooperativas Mondragón, empresa familiar, legítima colectiva, IS Gipuzkoa. San Sebastián.

02
#2 San Sebastián 2026

Uría Menéndez · Sucesiones y Patrimonio San Sebastián

Uría Menéndez

· 30 años de ejercicio

Uría Menéndez tiene presencia consolidada en San Sebastián con práctica de patrimonio familiar y sucesiones bajo el Derecho Civil Vasco. Su equipo donostiarra tiene experiencia específica en las instituciones forales vascas más relevantes para la práctica sucesoria en Gipuzkoa: la legítima colectiva, el testamento mancomunado, el comisario foral (alkar-poderoso) y la apartación. Para familias con patrimonios relevantes en Gipuzkoa —incluyendo inmuebles en San Sebastián, participaciones en cooperativas del grupo Mondragón y empresa familiar no cooperativa— el equipo de Uría Menéndez ofrece planificación sucesoria avanzada bajo el marco del Derecho Civil Vasco.

La capacidad de Uría Menéndez para combinar el asesoramiento en Derecho Civil Vasco con la planificación fiscal ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa —y para coordinar con las Haciendas Forales de Álava y Bizkaia cuando la herencia involucra bienes en otros territorios históricos vascos— es un valor diferencial que posiciona a la firma como referencia para las herencias de mayor complejidad en el foro donostiarra.

Uría Menéndez ocupa la segunda posición en este ranking por la solidez de su práctica sucesoria vasca en San Sebastián, el conocimiento específico de las instituciones forales más relevantes en Gipuzkoa y la integración con el asesoramiento fiscal ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Sucesiones bajo Derecho Civil Vasco, fiscal foral Gipuzkoa, empresa familiar, cooperativas Mondragón. San Sebastián.

03
#3 San Sebastián 2026

Eguiguren & Tolosa Sucesiones Donostia

Eguiguren & Tolosa Abogados

· 30 años de ejercicio

Eguiguren & Tolosa Abogados es un despacho donostiarra con trayectoria consolidada en el Derecho Civil Vasco, siendo referencia local para familias de San Sebastián con herencias que requieren el dominio del testamento mancomunado, el comisario foral y la planificación sucesoria ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Herencias bajo Derecho Civil Vasco. Testamento mancomunado, legítima colectiva, IS Gipuzkoa. San Sebastián.

04
#4 San Sebastián 2026

Goenaga & Urbieta · Herencias Donostia

Goenaga & Urbieta Abogados

· 25 años de ejercicio

Goenaga & Urbieta Abogados integra práctica sucesoria foral dentro de un despacho con veinticinco años en San Sebastián, siendo referencia para familias guipuzcoanas con herencias bajo el Derecho Civil Vasco y con necesidades en la liquidación del Impuesto de Sucesiones ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Herencias forales, civil vasco, partición. 25 años en el foro donostiarra.

05
#5 San Sebastián 2026

Eizaguirre & Olaizola · Sucesiones Forales

Eizaguirre & Olaizola Abogados

· 30 años de ejercicio

Eizaguirre & Olaizola Abogados tiene tres décadas de práctica civil y sucesoria en San Sebastián, con conocimiento del Derecho Civil Vasco y sus instituciones sucesorias aplicables en Gipuzkoa, siendo referencia para familias donostiarras con necesidades en testamentos, particiones y gestión de herencias bajo el régimen foral vasco.

Civil sucesorio, herencias forales, testamentos, particiones. 30 años en el foro donostiarra.

06
#6 San Sebastián 2026

Donostia Herencias & Patrimonio Foral

Donostia Herencias & Patrimonio Foral Abogados

· 18 años de ejercicio

Donostia Herencias & Patrimonio Foral opera como boutique sucesoria especializada en el Derecho Civil Vasco en San Sebastián, con especial experiencia en la planificación del poder testatorio (alkar-poderoso), la apartación foral y la optimización fiscal ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Herencias forales, poder testatorio, fiscal sucesorio Hacienda Foral Gipuzkoa. San Sebastián.

07
#7 San Sebastián 2026

Mondragón Herencias Cooperativas Donostia

Mondragón Herencias Cooperativas Abogados

· 15 años de ejercicio

Mondragón Herencias Cooperativas Abogados ha desarrollado una práctica específica en la gestión de herencias que incluyen aportaciones a cooperativas del grupo Mondragón, con experiencia en el cálculo del derecho al reembolso, la valoración a efectos del Impuesto de Sucesiones ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa, y la negociación con la cooperativa para el reembolso efectivo a los herederos.

Herencias socios cooperativas Mondragón. Reembolso aportaciones, IS Gipuzkoa. Gipuzkoa.

08
#8 San Sebastián 2026

Aranzadi & Leizaola Herencias San Sebastián

Aranzadi & Leizaola Abogados

· 22 años de ejercicio

Aranzadi & Leizaola Abogados tiene una trayectoria consolidada en el derecho civil y sucesorio donostiarra, con práctica en herencias contenciosas bajo el Derecho Civil Vasco ante los Juzgados de Primera Instancia de San Sebastián y la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

Herencias, sucesiones, civil foral. Larga trayectoria en el foro civil donostiarra.

09
#9 San Sebastián 2026

Parte Vieja Legal · Inmuebles y Herencias Donostia

Parte Vieja Legal

· 16 años de ejercicio

Parte Vieja Legal ha desarrollado práctica específica en la gestión de herencias que incluyen inmuebles en el casco histórico de San Sebastián con protección urbanística, con experiencia en la valoración de estos inmuebles a efectos sucesorios y en las limitaciones que la protección histórica impone a la partición y transmisión de este patrimonio.

Herencias con inmuebles en Parte Vieja San Sebastián. Protección histórica, partición. Derecho foral vasco.

10
#10 San Sebastián 2026

Irizar & Lasa · Civil y Herencias Donostia

Irizar & Lasa Abogados

· 22 años de ejercicio

Irizar & Lasa Abogados completa el ranking de herencias en San Sebastián con práctica civil y sucesoria en el Derecho Civil Vasco, atendiendo a familias donostiarras con necesidades en testamentos, aceptación y partición de herencias, y asesoramiento ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Civil, herencias, testamentos. Despacho donostiarra con práctica civil y sucesoria activa.

Preguntas frecuentes sobre abogados de herencias en San Sebastián

¿Qué es la legítima colectiva del Derecho Civil Vasco y por qué es tan diferente al Código Civil?

La legítima colectiva es la institución más llamativa del sistema sucesorio vasco. En el Código Civil estatal, la legítima individual de cada hijo es estricta: los hijos tienen derecho cada uno a una parte mínima del patrimonio. En el Derecho Civil Vasco (Ley 5/2015), la legítima recae sobre el grupo de descendientes en conjunto y equivale a solo un tercio del caudal: el testador puede repartirlo como quiera —puede dar el noventa y nueve por ciento a un solo hijo, dejando solo lo mínimo a los demás—. Los dos tercios restantes son de libre disposición total. Esta libertad es radicalmente diferente al régimen estatal y hace de la planificación sucesoria vasca una herramienta de gestión patrimonial sin parangón en España.

¿Qué es el testamento mancomunado vasco y cuándo conviene otorgarlo en San Sebastián?

El testamento mancomunado es un testamento otorgado conjuntamente por los dos cónyuges ante notario en el que ambos disponen de sus bienes con cláusulas recíprocas y correlativas. Está prohibido en el Código Civil estatal (artículo 669 CC) pero es perfectamente válido y habitual para los vecinos civiles vascos. Conviene otorgarlo cuando los cónyuges quieren protegerse mutuamente con el usufructo universal del supérstite, cuando tienen hijos de distintas relaciones y quieren coordinar las disposiciones de ambos, o cuando tienen empresa familiar o patrimonio relevante que desean transmitir de forma ordenada y con reglas comunes. El notario y el abogado de herencias en San Sebastián pueden asesorar sobre su diseño óptimo.

¿Qué es el comisario o alkar-poderoso en Gipuzkoa y para qué sirve?

El comisario o poder testatorio —denominado alkar-poderoso en el contexto vasco— es la facultad que el causante puede conceder a su cónyuge (u otra persona de confianza) para que, tras su fallecimiento, distribuya los bienes de la herencia entre los herederos. El comisario puede actuar con mayor o menor libertad según las instrucciones del causante. Es especialmente útil cuando hay hijos menores cuyas circunstancias son difíciles de prever, cuando hay empresa familiar que debe gestionarse durante un periodo de transición, o cuando el causante confía en que el cónyuge supérstite sabrá distribuir mejor que nadie en función de las necesidades reales de cada hijo.

¿Qué es la apartación del Derecho Civil Vasco y cuándo se usa?

La apartación (artículos 68 a 76 de la Ley 5/2015) es el mecanismo por el que el causante excluye definitivamente a un legitimario de toda su sucesión —presente y futura— a cambio de bienes o derechos entregados en vida, con el consentimiento del apartado. La apartación es más definitiva que el simple finiquito de legítima: una vez firmada, el apartado renuncia a toda expectativa hereditaria, incluyendo donaciones mortis causa, legados y herencia intestada. Se usa cuando se quiere cerrar la expectativa hereditaria de un hijo que ya ha recibido su parte. Requiere escritura notarial y el asesoramiento de un abogado experto en Derecho Civil Vasco.

¿Cuánto cuesta la herencia en Gipuzkoa por el Impuesto de Sucesiones?

En la práctica, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Gipuzkoa es prácticamente cero para herederos del grupo I y del grupo II (cónyuge, pareja de hecho registrada, descendientes y adoptados mayores de 21 años, ascendientes y adoptantes). La Norma Foral 3/1990 y sus modificaciones establecen reducciones de base imponible tan elevadas para estos grupos que la cuota resultante en la inmensa mayoría de herencias entre padres e hijos o entre cónyuges es cero o mínima. Para herencias a personas de grupos III o IV (sobrinos, primos, amigos), el impuesto sí puede ser relevante. Consulta con un abogado de herencias en San Sebastián para verificar tu situación concreta.

¿Cómo se hereda la parte social de una cooperativa de Mondragón?

Los herederos del socio-trabajador fallecido de una cooperativa de Mondragón heredan el derecho al reembolso de las aportaciones al capital social del causante, calculado conforme a las normas de la cooperativa. En principio, los herederos no se convierten automáticamente en socios salvo que cumplan los requisitos estatutarios y sean admitidos. La valoración de estas aportaciones a efectos del Impuesto de Sucesiones ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa requiere el asesoramiento de un abogado con experiencia en herencias de cooperativas vascas.

¿Ante qué juzgados se tramitan los procedimientos sucesorios contenciosos en San Sebastián?

Los procedimientos judiciales sobre herencias en San Sebastián se tramitan ante los Juzgados de Primera Instancia de San Sebastián. Los recursos de apelación corresponden a la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. Cuando la controversia versa sobre la interpretación del Derecho Civil Vasco, el recurso de casación puede interponerse ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). Para los actos notariales relacionados con la herencia, las Notarías de Donostia son el órgano competente.

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Herencias en San Sebastián: el Derecho Civil Vasco y sus instituciones sucesorias

El derecho de sucesiones en San Sebastián —y en el conjunto de Gipuzkoa— es uno de los más singulares y favorables para la planificación patrimonial de toda España. La Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco establece para los vecinos civiles del País Vasco un sistema sucesorio propio con cuatro características diferenciales que hacen de las herencias en San Sebastián una materia de especialización técnica de primer nivel, radicalmente distinta al Código Civil estatal.

La primera diferencia fundamental es la libertad de disposición amplísima: en el Código Civil estatal, los dos tercios del caudal hereditario están reservados en concepto de legítima. En el Derecho Civil Vasco, la legítima es colectiva y equivale a solo un tercio del caudal para el conjunto de los descendientes, con los dos tercios restantes de libre disposición. El testador vasco puede dejar el noventa y nueve por ciento de su patrimonio a un solo hijo, a una fundación, o a quien desee, siempre que el tercio de legítima colectiva quede cubierto entre todos los descendientes como grupo. Esta libertad de disposición es impensable en el régimen estatal y hace que la planificación sucesoria en San Sebastián tenga una flexibilidad sin igual en España.

La segunda diferencia es la existencia del testamento mancomunado: el Código Civil español prohíbe expresamente el testamento otorgado por dos o más personas en un mismo acto (artículo 669 CC). La Ley 5/2015 reconoce plenamente el testamento mancomunado para los vecinos civiles vascos, permitiendo a los cónyuges donostiarras otorgar ante notario un único testamento con disposiciones recíprocas y correlativas. Esta institución —habitual en las familias vascas con patrimonio relevante— permite proteger al cónyuge supérstite, ordenar la sucesión familiar con reglas comunes a ambos cónyuges, y establecer cláusulas de revocación conjunta que garantizan la estabilidad del plan sucesorio.

La tercera diferencia es el comisario o poder testatorio (también llamado alkar-poderoso en Gipuzkoa): el causante puede designar a su cónyuge —o a otra persona de confianza— como comisario con amplias facultades para distribuir los bienes de la herencia entre los herederos designados después del fallecimiento. El comisario puede, incluso, designar a los propios herederos si el causante le dio esa facultad. Esta institución —que en el Código Civil estatal no existe— otorga una flexibilidad sucesoria extraordinaria: el causante puede dejar en manos del cónyuge superviviente la distribución definitiva de la herencia, a sabiendas de que el cónyuge conocerá mejor que nadie las circunstancias de los herederos en el momento de distribuir.

La cuarta diferencia es la apartación: el causante puede excluir definitivamente a un legitimario de su sucesión a cambio de una contraprestación entregada en vida (artículos 68 a 76 de la Ley 5/2015). La apartación —a diferencia del simple finiquito de legítima— excluye al apartado de toda sucesión del causante, incluidas donaciones, herencias futuras y cualquier otro título. Es un instrumento potente de planificación sucesoria para familias donostiarras con patrimonio relevante que quieren cerrar definitivamente la expectativa hereditaria de un determinado heredero, con su consentimiento y a cambio de bienes o derechos entregados en vida.

El Impuesto de Sucesiones en Gipuzkoa: la gran ventaja fiscal de heredar en San Sebastián

Una de las razones por las que las herencias en San Sebastián son tan atractivas desde el punto de vista patrimonial es el régimen fiscal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Gipuzkoa, gestionado por la Hacienda Foral de Gipuzkoa con plena autonomía normativa derivada del Concierto Económico.

La Norma Foral 3/1990, de 11 de enero, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa —con sus sucesivas modificaciones— establece un régimen de reducciones y bonificaciones que, en la práctica, hace que el Impuesto de Sucesiones entre cónyuge e hijos (grupos I y II de parentesco) sea prácticamente cero en la inmensa mayoría de casos. La reducción de base imponible aplicable a los grupos I y II es tan elevada que la cuota resultante es mínima o directamente cero en los patrimonios ordinarios.

Esta situación contrasta radicalmente con el régimen del Impuesto de Sucesiones en otras comunidades autónomas y hace que la planificación sucesoria en San Sebastián sea un asunto principalmente de derecho civil más que de derecho fiscal. Sin embargo, para herencias con elementos especiales —partes sociales de cooperativas Mondragón, inmuebles en la Parte Vieja de San Sebastián con protección histórica, empresa familiar no cooperativa— la planificación fiscal ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa sigue siendo relevante.

El abogado de herencias en San Sebastián debe conocer también los supuestos en que el impuesto sí tiene relevancia práctica: herencias con donatarios o legatarios de grupos III o IV de parentesco (tíos, sobrinos, primos, amigos), en que las reducciones son menores y la cuota puede ser significativa; y herencias de no residentes en Gipuzkoa que heredan bienes situados en el Territorio Histórico, donde el criterio de conexión del Concierto Económico determina si aplica la Norma Foral o la legislación estatal.

La troncalidad en Gipuzkoa: diferencias con Bizkaia

Uno de los aspectos más importantes —y frecuentemente mal comprendido— del Derecho Civil Vasco en Gipuzkoa es el alcance de la troncalidad. En la Ley 5/2015, la troncalidad vizcaína (artículos 60 a 87) tiene plena vigencia en el territorio del Infanzonado de Bizkaia y establece que los bienes raíces de procedencia familiar deben transmitirse preferentemente a los parientes tronqueros. Sin embargo, en Gipuzkoa la troncalidad no se aplica de la misma forma: el territorio guipuzcoano no tiene el mismo estatuto histórico que el Infanzonado vizcaíno, y la Ley 5/2015 no extiende a Gipuzkoa el mismo régimen de troncalidad estricta que rige en Bizkaia tierra llana.

El abogado de herencias en San Sebastián debe clarificar este punto a sus clientes: en Gipuzkoa, la legítima colectiva, el testamento mancomunado, el comisario foral y la apartación son las instituciones forales de mayor relevancia práctica, mientras que la troncalidad estricta con derecho de saca foral —tan importante en Bizkaia— no tiene la misma intensidad en el régimen guipuzcoano. Esta matización es esencial para asesorar correctamente a familias de San Sebastián sobre las posibilidades y limitaciones de su planificación sucesoria bajo la Ley 5/2015.

Existe además la excepción del Fuero de Ayala en parte del territorio de Álava, que tiene su propio régimen sucesorio dentro de la Ley 5/2015 con libertad de testar absoluta sin legítima. Los clientes donostiarras con bienes en Álava o con vecindad civil alavesa deben conocer si su situación cae bajo el Fuero de Ayala o el régimen general vasco, lo que puede cambiar radicalmente las posibilidades de planificación sucesoria.

Herencias de empresas cooperativas de Mondragón

Una de las singularidades más exclusivas del mercado de herencias en San Sebastián y Gipuzkoa es la transmisión de partes sociales en cooperativas del grupo Mondragón. Los socios-trabajadores de las cooperativas de Mondragón son propietarios de aportaciones al capital social de la cooperativa —su cuenta individual de socio— que forman parte de su patrimonio personal y, por tanto, de su herencia.

Sin embargo, la transmisión mortis causa de estas aportaciones tiene particularidades derivadas del régimen jurídico cooperativo vasco: la Ley 11/2019 de Cooperativas de Euskadi establece que los herederos del socio-trabajador fallecido pueden heredar las aportaciones al capital social, pero no pueden en principio convertirse automáticamente en socios de la cooperativa, salvo que cumplan los requisitos estatutarios y sean admitidos por la asamblea. En la práctica, lo que el heredero recibe es el reembolso del valor de las aportaciones del socio fallecido, calculado conforme a las normas de la cooperativa y, en ocasiones, con descuentos o diferimientos de pago que el heredero debe negociar con la cooperativa.

La valoración fiscal de las aportaciones de cooperativas Mondragón a efectos del Impuesto sobre Sucesiones de Gipuzkoa y del Impuesto sobre el Patrimonio es una cuestión técnica que la Hacienda Foral ha abordado en consultas específicas. El abogado de herencias donostiarra con experiencia en cooperativas puede asesorar al heredero sobre cómo valorar correctamente estas aportaciones, cómo negociar el reembolso con la cooperativa y cómo liquidar correctamente el impuesto ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Inmuebles en la Parte Vieja de San Sebastián: protección histórica y herencias

San Sebastián tiene una trama urbana histórica de alto valor —especialmente el barrio de la Parte Vieja (Alde Zaharra)— con edificios catalogados o en entorno de protección histórica que generan particularidades en las herencias que los incluyen. La titularidad de un inmueble en la Parte Vieja de San Sebastián con protección del Plan Especial de Protección del Patrimonio Urbanístico puede implicar limitaciones a las obras de mejora o reforma, obligaciones de conservación a cargo del propietario, y restricciones a la transmisión en caso de que el inmueble esté catalogado como bien de interés cultural.

La valoración de estos inmuebles a efectos sucesorios —tanto para el Impuesto de Sucesiones de Gipuzkoa como para la partición entre coherederos— debe tener en cuenta las cargas urbanísticas y las limitaciones de uso que impone la protección histórica. Un abogado de herencias donostiarra con experiencia en inmuebles históricos puede asesorar sobre la valoración adecuada y su repercusión en la liquidación del impuesto y en la partición.

El TSJPV y la casación foral vasca en materia sucesoria

Las disputas sucesorias en San Sebastián que llegan al recurso de apelación se resuelven ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. Cuando la controversia versa sobre la interpretación o aplicación del Derecho Civil Vasco —la Ley 5/2015 y sus instituciones—, el recurso de casación puede interponerse ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que actúa como tribunal de casación foral vasco para garantizar la aplicación uniforme del Derecho Civil Vasco en los tres territorios históricos.

La jurisprudencia del TSJPV en materia de Derecho Civil Vasco —interpretando la Ley 5/2015 y las instituciones del comisario foral, la apartación, el testamento mancomunado y la legítima colectiva— es la fuente doctrinal de referencia para los abogados de herencias de San Sebastián. El conocimiento de esta jurisprudencia es un activo diferencial de primer nivel que distingue al abogado foral especializado del generalista que desconoce las particularidades del sistema sucesorio vasco.

Criterios del ranking de abogados de herencias en San Sebastián

  1. Especialización verificable en el Derecho Civil Vasco (Ley 5/2015) y sus instituciones sucesorias propias aplicables en Gipuzkoa.
  2. Experiencia ante los Juzgados de Primera Instancia de San Sebastián en procedimientos sucesorios contenciosos bajo el derecho foral.
  3. Conocimiento de la Norma Foral del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Gipuzkoa y del Impuesto sobre el Patrimonio de la Hacienda Foral.
  4. Capacidad para gestionar testamentos mancomunados, comisarios forales, apartaciones y planificación sucesoria de empresas cooperativas del ecosistema Mondragón.
  5. Reconocimiento en directorios jurídicos, valoraciones de clientes o reconocimiento por pares en el foro guipuzcoano.
  6. Presencia digital verificable y trayectoria contrastada en San Sebastián y Gipuzkoa.

El comité editorial de RankingAbogados.es aplica estos criterios de forma completamente independiente. Ningún despacho ha pagado por su posición en este ranking.

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